– Tener un CNAE (incluido en el Anexo I) relacionado con sectores como la industria, artes gráficas o la informática.
– Disponer o establecer Actividad económica en Andalucía.
– No haber iniciado las inversiones antes a la solicitud
– Proyectos que contemplen una inversión subvencionable superior a 30.000 euros
– Hasta un 70% del gasto subvencionable
• Terrenos urbanos (máximo 10% de la inversión total)
• Leasing de activos materiales
• Bienes intangibles (inmateriales)
• Construcciones y naves industriales (compromiso de 5 años)
• Equipos de procesos productivos, nuevos o de segunda mano.
• Equipos auxiliares e instalaciones.
• Infraestructura tecnológica y equipos informáticos.
• Adquisición y desarrollo de software (excluidos sistemas operativos y programas de ofimática)
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